domingo, 31 de enero de 2010

CARTA ABIERTA A LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD


fotos Arturo Albizures
CARTA ABIERTA A LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD



Señores Magistrados
de la Corte de Constitucionalidad

Al cumplirse 30 años de la masacre de la Embajada de España (31 de enero 1980) en la que fueron ejecutadas 37 personas, entre ellas campesinos, estudiantes, exfuncionarios públicos y  tres personeros de esa sede diplomática  las organizaciones firmantes les recordamos que en su resolución (Exp. 3380-2007) de fecha 12 de diciembre de 2007, no obstante su naturaleza ignominiosa, ustedes afirmaron:

“ ... es inaceptable que un Estado, de manera unilateral, pueda hacer juicio sobre otro Estado acerca de los elementos de enorme significación de soberanía (e incluso de honor) nacional”,[1] en referencia al fallo dictado por el Tribunal Constitucional español que concluyó que existían ya en ese entonces (2005: caso Guatemala) indicios serios y razonables de la inactividad judicial en Guatemala respecto a la investigación y persecución de los crímenes de derecho internacional allí cometidos, como fundamento para el ejercicio supletorio de la jurisdicción por parte de España.[2]

Entedemos que tal posición se hizo bajo la premisa que el Estado de Guatemala ejerce jurisdicción cual verdadero Estado de derecho. Sin embargo, a  más de tres años  esa  resolución, hoy se constituye en un acto de complicidad con los imputados de tan horrendos crímenes, así como una acción diligente para perpetuar la impunidad por lo que de manera expresa reiteramos a esa honorable Corte, tal como lo solicitamos públicamente en campo pagado de fecha  13 de diciembre de 2009[3], se pronuncie  si  acepta o no el principio internacional de “o extraditar o juzgar” por cuanto tal como se indica en ese mismo comunicado, el cual adjuntamos, “Las víctimas siguen sin justicia. Los crímenes más atroces todavía gozan de impunidad”.


Guatemala, 29 de enero de 2009















[1]   Corte de Constitucionalidad. Sentencia de fecha 12 de diciembre de 2007, dictada dentro del expediente 3380-2007.
[2]   Una mirada crítica de la resolución de la Corte de Constitucionalidad sobre justicia transnacional. Fundación Rigoberta Menchú Tum. 2a. Reimpresión. Página 160.
[3]   Adjunto.

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