miércoles, 26 de mayo de 2010

Recursos naturales y vida

Recursos naturales y vida

Que se suspenda la operación de Marlin.
Miguel Ángel Albizures

Los recursos de la naturaleza relacionados con la vida, son indispensables para el ser humano, pero algunos sólo los relacionan con el negocio, la ganancia, el desarrollo, y anteponen el interés individual al colectivo, y no pocos funcionarios se olvidan de lo que reza nuestra Constitución en sus artículos relacionados con los bienes del Estado y los derechos de los pueblos indígenas, que están siendo lesionados por el capital privado y las empresas transnacionales.
Las medidas cautelares y las argumentaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre los acontecimientos alrededor de la explotación de oro y plata a través de la mina Marlin, son contundentes a pesar de la propaganda constante que satura los medios sobre las bondades de la transnacional Montana, cuyo estudio independiente promovido por accionistas, le recomienda cambios fundamentales que garanticen la vida de los habitantes de diversos municipios.

La CIDH solicitó al Estado de Guatemala que “suspenda la explotación minera del proyecto Marlin I y demás actividades relacionadas con la concesión otorgada a la empresa Goldcorp/Montana Exploradora de Guatemala S.A., e implementar medidas efectivas para prevenir la contaminación ambiental”, petición realizada en el marco de las medidas cautelares dictadas a raíz de los efectos nocivos en la salud de los habitantes de los pueblos aledaños y la violencia producida en contra de los opositores a la minera.

Por ello instó al Estado de Guatemala “a adoptar las medidas necesarias para descontaminar en lo posible las fuentes de agua de las 18 comunidades afectadas, y asegurar el acceso a sus miembros a agua apta para el consumo humano”. Ojalá que estas presiones de organismos internacionales, lleven a las más altas autoridades a reflexionar sobre la actitud que hasta el momento han mantenido frente a los movimientos de resistencia y se hagan realidad los compromisos que ha adquirido a partir de la firma de normas y convenios internacionales, como el 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que da el derecho a los pueblos indígenas a ser consultados. Además, la Constitución es clara en su Artículo 44 relativo a los derechos inherentes a la persona humana, al señalar que “el interés social prevalece sobre el interés particular” y Guatemala debe implementar un modelo de desarrollo compatible con la salud y el bienestar de los pueblos, de lo contrario los conflictos sociales se agudizarán en el país.
Fuente: www.elperiodico.com.gt

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